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Credito FOVISSTE en Puerto Vallarta




COFOVISSSTE

FOVISSSTE lanza un programa para potenciar la colocación de crédito hipotecario entre sus derechohabientes.

  • Alia2                      (Cofinanciamiento FOVISSSTE – Sofol) 
  • Respalda2             (Respaldo FOVISSSTE)
  • Crédito cofinanciado por una SOFOL y FOVISSSTE, para la adquisición de vivienda nueva que consiste en dos créditos al amparo de un contrato  y una sola garantía.
  • El trabajador tiene derecho a un crédito de hasta $84,335  pesos, dependiendo de su nivel de ingresos, más el Saldo de la Subcuenta de Vivienda (SSV).
  • El SSV más el crédito sirve para integrar el enganche, hasta donde este importe alcance.

Beneficios

  • El cliente utiliza  el saldo de la subcuenta de vivienda y su crédito FOVISSSTE sin necesidad de entrar a sorteos.
  • El cliente no desembolsa de sus recursos para el pago del crédito de FOVISSSTE, este se cubre con las aportaciones patronales subsecuentes.
  • Si el SSV y el crédito FOVISSSTE son suficientes, el cliente no desembolsa para el enganche.
  • Crédito para valores de vivienda de hasta 676 vsm =  $1,000,189
  • Crédito otorgado por una SOFOL para adquisición de vivienda nueva o usada en donde FOVISSSTE aporta el saldo de la subcuenta de vivienda (SSV).
  • El SSV se destina para enganche. En caso de ser insuficiente, el acreditado deberá cubrir éste concepto con sus recursos.
  • Las aportaciones patronales futuras se van al fondo para el retiro del trabajador.

Beneficios:

  •   Adquisición de casa de mayor valor, hasta $3 millones de pesos.
  •   Sin enganche (siempre y cuando el SSV sea suficiente para cubrir el aforo).
  •   El cliente aprovecha el saldo de la subcuenta de vivienda.
  • No existen sorteos.

Requisitos:
Podrán participar los trabajadores derechohabientes del ISSSTE, de base, de confianza y eventuales, que reúnan los siguientes requisitos:

  • Que estén al servicio de los Poderes de la Unión, del Gobierno del Distrito Federal y/o entidades públicas que estén sujetas al régimen jurídico de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, que además aporten al Fondo de la Vivienda del ISSSTE.
  • Haber cotizado en el Fondo de la Vivienda del ISSSTE durante un mínimo de 18 meses.
  • No haber sido beneficiados anteriormente con un crédito hipotecario